MOCIÓN PARA LA ACCESIBILIDAD DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDINA DEL CAMPO.

MOCIÓN P10950727_940292519314470_5030740455486145337_oARA LA ACCESIBILIDAD DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDINA DEL CAMPO. 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La Ley 51/2003 de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU) ha supuesto un cambio de enfoque en la forma de abordar la equiparación de derechos de estas personas dentro de la sociedad. Por primera vez una ley reconoce que las desventajas de las personas con discapacidad, más que en sus propias dificultades personales, tienen su origen en los obstáculos y condiciones limitativas que impone una sociedad concebida con arreglo a un patrón de persona sin discapacidad. Y, en consecuencia, plantea la necesidad y obligatoriedad de diseñar y poner en marcha estrategias de intervención que operen simultáneamente sobre las condiciones personales y sobre las condiciones ambientales.

En el siglo XXI la sociedad española demanda con urgencia una Justicia más abierta que sea capaz de dar servicio a los ciudadanos con mayor agilidad, calidad y eficacia, incorporando para ello métodos de organización e instrumentos procesales más modernos y avanzados. Un proyecto tan ambicioso sólo puede ser afrontado mediante un amplio acuerdo de todas las fuerzas políticas que asegure la unidad y continuidad de los esfuerzos y garantice el consenso sobre las bases del funcionamiento de este Poder del Estado.

Tal es, precisamente, el objeto y finalidad del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia firmado el 28 de mayo de 2001. Entre las prioridades del Pacto de Estado figura la elaboración de una Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia que atienda a los principios de transparencia, información y atención adecuada y que establezca los derechos de los usuarios de la Justicia.

Con la finalidad de conseguir una Justicia moderna y abierta a los ciudadanos, la Carta se centra en la necesidad de prestar una especial atención y cuidado en la relación de la Administración de Justicia con aquellos ciudadanos que se encuentran más desprotegidos.

En primer lugar, la víctima del delito, sobre todo en los supuestos de violencia doméstica y de género.

En segundo término, los menores de edad, para evitar que se vea afectado su correcto desarrollo evolutivo.

En tercer lugar las personas que sufran una discapacidad sensorial, física o psíquica, para superar sus problemas de comunicación y acceso a los edificios judiciales.

Finalmente los extranjeros inmigrantes en España a quienes se debe asegurar la aplicación de los principios y derechos recogidos en esta Carta.

La Carta de Derechos del Ciudadano ante la Justicia en su artículo 29 reconoce estos derechos a las personas con discapacidad en su relación con la justicia:

El ciudadano afectado por cualquier tipo de discapacidad sensorial, física o psíquica, podrá ejercitar con plenitud los derechos reconocidos en esta Carta y en las leyes procesales.

Solamente deberá comparecer ante el órgano judicial cuando resulte estrictamente necesario conforme a la Ley.

Los edificios judiciales deberán estar provistos de aquellos servicios auxiliares que faciliten el acceso y la estancia en los mismos.

El ciudadano sordo, mudo, así como el que sufra discapacidad visual o ceguera, tiene derecho a la utilización de un intérprete de signos o de aquellos medios tecnológicos que permitan tanto obtener de forma comprensible la información solicitada, como la práctica adecuada de los actos de comunicación y otras actuaciones procesales en las que participen.

Se promoverá el uso de medios técnicos tales como videotextos, teléfonos de texto, sistema de traducción de documentos a braille, grabación sonora o similar.

 

De todo lo anteriormente manifestado, no se cumple en los Juzgados de Instrucción del partido judicial de Medina del Campo.

En merito a lo expuesto, el Grupo Municipal GANA MEDINA, solicita al pleno la adopción de los siguientes

 

ACUERDOS:

1º.- Instar al Ministerio de Justicia y al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León como la máxima expresión del Poder Judicial en Castilla y León y a su Sala de Gobierno, cuyo objetivo principal es la organización del funcionamiento diario de los juzgados y tribunales del territorio a que realice las obras necesarias para facilitar la accesibilidad total a los Juzgados de Instrucción de Medina del Campo .