La portavoz de la plataforma en la administración provincial, Virginia Hernández, considera que es «una situación sin precedentes» que supone un «agravio comparativo entre estas entidades y ayuntamientos u otras asociaciones de la provincia», pues, en este caso, se considera que los gastos previos en promoción sí son 21subvencionables, algo que no ha ocurrido con otras ayudas
21/10/2020.- Un total de 67.500 euros otorgará la Diputación de Valladolid a cinco Juntas de Cofradías o Locales de Semana Santa (Medina del Campo, Medina de Rioseco, Peñafiel, Tordesillas y Valladolid) con destino al desarrollo de actividades de Semana Santa en el año 2020, si bien tales actividades no se celebraron a causa de la pandemia del Covid-19. Así será tras la aprobación hoy miércoles en la Comisión del Área de Empleo, Desarrollo Económico, Turismo y Participación Ciudadana, con el voto en contra del Grupo Provincial Toma la Palabra, de la resolución de estas subvenciones, que la plataforma define como «una situación sin precedentes» que supone «un agravio comparativo entre estas entidades y ayuntamientos de la provincia u otras asociaciones». Y es que, como advierte la portavoz de Toma la Palabra en la administración provincial, Virginia Hernández, «en otras resoluciones de subvenciones ya aprobadas no se han contemplado los gastos previos vinculados a la realización de una actividad concreta para mantener una subvención, como sí ocurre en este caso».
En este sentido, Toma la Palabra subraya el doble informe del interventor de Diputación. En el primero, con fecha 6 de marzo, indica específicamente que «las bases que rigen la convocatoria señalan que el objeto de esta es la realización de actividades de Semana Santa y entre las obligaciones de los beneficiarios se encuentra la de realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención». Pero en el segundo de los informes, fechado el 19 de octubre, apunta que «incurrió en un error de apreciación en lo referido al alcance de la subvención» para justificar su concesión, pues interpreta como «actividad subvencional que puede haberse producido la promoción de la Semana Santa, cuya realización no depende de la efectiva de las procesiones y el resto de actos». Una corrección que no se ha hecho, hasta la fecha, con ninguna otra convocatoria. «Creer que vas a contar con una subvención y gastarla antes de tenerla no es un criterio que justifique que la administración tenga que concedértela, más aún si ni siquiera se ha celebrado la actividad a la que se destinaba», concluye Hernández.