Proposición para que la Diputación de Valladolid incluya en su contratación pública cláusulas sociales y medioambientales que favorezcan la apuesta por la integración laboral de colectivos en riesgo de exclusión social y acciones medioambientales sostenibles

La Diputación de Valladolid, como gestora de un presupuesto público, no debe limitarse a la adquisición de los bienes y servicios necesarios para su acción de gobierno, sino que debería procurar que se generen los mayores efectos positivos en lo social y lo medioambiental. Tan importante ha de ser el qué se financia como el cómo se financia; la contratación pública no tiene por qué ser solo un trámite administrativo y legal, debe ser un instrumento práctico y directo para implantar políticas públicas sociales de forma transversal en todas las áreas de la Diputación de Valladolid a través de cláusulas sociales y medioambientales.

La legislación comunitaria y nacional sobre contratos públicos recoge la posibilidad de integrar prácticas respetuosas con el medioambiente en los contratos de obras, suministros y servicios en la fase del proyecto y obra intelectual, la definición del objeto del contrato y en los modelos de prestación del servicio. Se pueden establecer requisitos como, por ejemplo, requerir un tipo de materiales básicos o materias primas concretas, exigir la utilización de un procedimiento concreto de producción o la remisión de etiquetas ecológicas de los productos al contratista. La legislación también permite a los poderes adjudicadores imponer condicionamientos sociales para la lucha contra el desempleo, especialmente entre colectivos en riesgo de exclusión social. Como muestra de ello, los artículos 129, 130, 145 y la disposición final decimocuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Una gran cantidad de administraciones públicas del país ha incorporado dichas cláusulas en la contratación pública y, de hecho, la propia Ley de Contratos del Sector Público recomienda y ampara incorporar criterios de política social para la adjudicación de contratos públicos respetando los principios de libre concurrencia, transparencia y no discriminación, por lo que la administración no está obligada a aceptar el mejor precio, sino la oferta más favorable al interés público.

Por último, queremos destacar que estas cláusulas no suponen un mayor coste para la Administración Pública, al contrario, ahorran dinero a medio plazo. Estas políticas suponen menos inversiones para paliar el impacto medioambiental, reducen el pago de ayudas sociales y los esfuerzos de los servicios sociales.

Por todo esto, desde el Grupo Provincial de Toma la Palabra presentamos la siguiente proposición:

Que la Diputación de Valladolid se comprometa a incluir las siguientes prácticas sociales y medioambientales en sus contratos públicos:

  1. Se dará preferencia a aquellas empresas que tengan en sus plantillas un número de trabajadores con discapacidad superior al 2% como marca la LISMI, o apliquen medidas alternativas al cumplimiento de la cuota de reserva a favor de las personas con discapacidad en los supuestos en los que excepcionalmente no puedan cumplir con dicha obligación, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación.
  2. Se puntuará positivamente a los proveedores que, con fecha anterior a la adjudicación provisional del contrato público, contraten a personas inscritas como demandantes de empleo y pertenezcan a los colectivos con mayores tasas de desempleo: menores de 30 años, mujeres y mayores de 55 años.
  3. Se dará prioridad en la contratación pública a las empresas de la economía social como cooperativas y sociedades limitadas laborales por su estructura para la reversión social de los beneficios y la generación de empleo frente a empresas con otro tipo de personalidad jurídica.
  4. Se valorará positivamente a las empresas con mayor porcentaje de trabajadores con contrato indefinido en la plantilla de la empresa y a aquellas que hayan mantenido o aumentado el número de trabajadores con contrato indefinido durante el año anterior a la fecha de presentación de proposición.
  5. Se valorará positivamente la presentación de etiquetas sociales y medioambientales (Certificación SA8000, Etiqueta Rugmark, Etiqueta Ecológica Europea, Etiqueta AENOR, Sellos de Comercio Justo, Certificación Forestal FSC, etc ) en la contratacion de productos, suministros y la prestación de los servicios determinados en el objeto del contrato.
  6. Se valorará positivamente a aquellas empresas que presenten un plan de gestión eficiente de la energía con implantaciones de sistemas que contribuyan al ahorro energético y empleo de energías renovables.
  7. Se valorará positivamente a las empresas que presenten mejoras de carácter medioambiental en sus proposiciones técnicas y demuestren respeto por el entorno mediante el uso de productos libres de tóxicos, no uso de materiales nocivos, reducción de residuos, garantizar su recogida selectiva y reciclaje, así como hacer uso de materiales biodegradables, reciclables y reutilizables.
  8. Se dará preferencia a las empresas que cuenten con el Certificado EMAS (EcoManagment and Audit Scheme) o ISO (14001, ISO 14025..) para la aplicación de normas de gestión medioambiental.